Los mensajes de las redes sociales como prueba en un juicio
A diario se escriben en España millones de mensajes privados a través de Facebook, Tuenti y otras redes sociales. Si decimos que los españoles utilizamos cada vez más las redes sociales para comunicarnos, no estaremos descubriendo América. Ello trae como consecuencia, que los abogados utilicemos cada vez más las conversaciones llevadas a cabo en esas redes sociales como prueba.
Uno de los problemas que conlleva la utilización de esas conversaciones en un juicio, son las dudas que se pueden generar entorno a la autenticidad del diálogo que contienen, pues el anonimato y posibilidad de crear cuentas con una identidad fingida, puede conllevar a que un usuario aparente una conversación con otra persona, cuando en realidad la hace consigo mismo.
Para arrojar algo de luz sobre este tema, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en sentencia de 19 de mayo de 2015, ha manifestado que en caso de duda o impugnación, será necesaria la realización de una prueba pericial que identifique el origen de la comunicación, la identidad de las personas que conversan y la integridad del contenido.
El asunto que ha resuelto el Tribunal Supremo en dicha sentencia, viene a confirmar la validez de la transcripción de la conversación mantenida en la red social Tuenti por una menor y su amigo, en la que contaba los abusos sexuales que sufría por parte de la pareja de su madre, los cuales no había contado a ningún familiar por miedo a que no la creyeran.
Para el Tribunal Supremo, no hay duda de la autenticidad de las conversaciones, dado que la menor puso a disposición del juez sus claves de Tuenti, por si se cuestionaba la veracidad del diálogo, poder comprobar que eran reales a través del oportuno informe pericial. Igualmente, el alto Tribunal valora que el amigo de la víctima declarara como testigo en el juicio, manifestando la realidad de dicha conversación.
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