A prisión por matar a su caballo

Prisión por matar a su caballoEstos días hemos tenido conocimiento del primer caso por el que un condenado por maltrato animal entra prisión en España. Se trata de un jinete mallorquín, quien en el año 2012 mató a su caballo golpeándolo reiteradamente, con un palo en la cabeza. El motivo: la descalificación del animal de la carrera que ese día se celebraba en el hipódromo de Manacor.

Ver a un acusado por maltrato animal en un Juzgado no es infrecuente. Lo raro, hasta ahora, era verlo ingresar en prisión. Hay que tener en cuenta que hasta hace unos pocos meses la pena para este tipo de delito era de un año de prisión. Tras la reforma operada en el Código Penal, dicha pena se encuentra recogida en el artículo 337 de dicho texto legal, el cual establece una pena máxima de un año y medio de prisión para el que maltrate a un animal causándole la muerte. En cualquier caso, ambas penas son inferiores a dos años, motivo por el cual, en virtud del artículo 80 del Código Penal, podrían ser suspendidas, algo que muchas veces se hace de manera automática.

Sin embargo, la suspensión de las penas privativas de libertad, es una facultad del Juez, quien de manera motivada puede decir si concede o no la suspensión de la pena, en base a los criterios señalados en el artículo 80 del Código Penal. En el caso que nos ocupa, la Jueza ha decidido no suspenderla, basándose en la gravedad del hecho, en la manera brutal en la que se causó la muerte al animal y en el mensaje antipedagógico que se mandaría a la ciudadanía en caso de que se suspendiera o se sustituyera por trabajos en beneficio de la comunidad.

Si bien la medida ha sido discutida por algunos (hay quien justifica el trato dispensado al equino), para los abogados de nuestro despacho, la medida es conforme a la ley, con independencia de que también nos parezca conforme a la reglas de la lógica, pues entendemos que dejar impune una agresión tan brutal, mandaría un mensaje contradictorio al resto de la sociedad.

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