Cláusulas suelo: los bancos tendrán que devolver lo cobrado de más desde el 9 de mayo de 2013.
Se acabó la espera. El Tribunal Supremo por fin ha fijado doctrina en cuanto a la devolución de las cantidades cobradas de más como consecuencia de la nulidad de las cláusulas suelo. El pasado 17 de abril el Tribunal Supremo publicó su sentencia de 25 de marzo de 2015, en la que señala que cuando se declare una cláusula suelo nula por abusiva como consecuencia de la doctrina fija por su sentencia de 9 de mayo de 2013, procederá la devolución de las cantidades cobradas de más desde la fecha de publicación de la mencionada sentencia de 9 de mayo de 2013.
La nueva sentencia no ha dejado indiferente a nadie, sobre todo a los que pensamos que la nulidad de las cláusulas suelo debería suponer necesariamente la devolución de todas las cantidades cobradas de más. Sin embargo, el Tribunal Supremo vuelve a alegar eltrastorno grave del orden público económico que ello supondría, obviando que los grandes afectados por la mala praxis de los bancos han sido los ciudadanos.
Sin embargo en A Coruña y en todas aquellas ciudades en la que los tribunales no abogaban por la devolución de las cantidades, podemos darnos por satisfechos, ya que al menos podremos recuperar el dinero que los bancos nos han quitado de manera injustificada desde 9 de mayo de 2013 (quien no se conforma es porque no quiere.)
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08 Abr 2016 - Cláusulas Suelo