Residencia Temporal de Familiares Españoles: La Guía Completa de la Nueva Autorización

Residencia Temporal Familiares Españoles

 

¡Atención! Si eres extranjero y familiar de un ciudadano español, esta información es crucial para ti. La nueva Residencia Temporal Familiares Españoles ha simplificado drásticamente el proceso migratorio. Esta figura legal te permite vivir y trabajar en España por un periodo inicial de cinco años. Se trata de una autorización con grandes ventajas, creada para facilitar la unidad familiar. A continuación, te explicamos quién puede solicitarla y qué pasos debes seguir.

¿Quién es Considerado Familiar Directo para la Residencia Temporal?

Este permiso se aplica a un amplio rango de parentesco, buscando siempre la reagrupación familiar. Es fundamental que el ciudadano español te acompañe, se reúna contigo o ya residáis juntos.

La ley es clara al definir los vínculos que permiten obtener la Residencia Temporal de Familiares Españoles

Cónyuges, Parejas e Hijos: Los Vínculos Principales

  1. Cónyuge o Pareja Registrada: El vínculo debe ser válido. El ciudadano español debe declarar que no convive con otra pareja o cónyuge en territorio español.
  2. Pareja Estable No Registrada: Este punto es clave. Si no estáis casados ni inscritos, debéis probar una relación estable. ¿Cómo? Acreditando una convivencia continua de al menos 12 meses. Una alternativa es tener hijos en común.
  3. Hijos (Descendientes):
    • Menores de 26 años: El permiso se aplica de forma directa.
    • Mayores de 26 años: Deben demostrar que están a cargo del ciudadano español (o de su cónyuge/pareja).

Ascendientes y Familia Extensa que requiere la Residencia Temporal

Los padres y abuelos (Ascendientes) pueden solicitar esta Residencia Temporal de Familiares Españoles si cumplen dos condiciones irrefutables:

  • Estar a cargo del ciudadano español o de su cónyuge/pareja. Se considerará que están a cargo cuando sean mayores de ochenta año.
  • Carecer de apoyo familiar en su país de origen.

La ley también contempla a otros familiares (familia extensa) hasta el segundo grado. Esto incluye a hermanos, tíos o sobrinos. ¿El requisito? Deben acreditar fehacientemente que se encuentran a cargo o que una enfermedad/discapacidad grave exige los cuidados constantes del español.

Documentación Obligatoria y requisitos clave

La preparación de la documentación es donde no puedes fallar. Cualquier error podría llevar a la denegación. Por ello, te resumimos los documentos básicos que necesitarás.

Requisitos del Familiar Extranjero (El Solicitante)

  • Formulario Oficial (EX-24): Correctamente cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte: Copia completa, válido y en vigor.
  • Certificado de Antecedentes Penales: Para mayores de edad. Debe estar legalizado y/o apostillado.
  • Acreditación del Vínculo: Certificado de nacimiento, matrimonio, etc., legalizado y traducido por traductor jurado.
  • Prueba de Convivencia: Certificado de empadronamiento conjunto.

Requisitos del Ciudadano Español y Medios Económicos

El ciudadano español debe aportar:

  1. DNI o Pasaporte en vigor.
  2. Declaración Responsable de no tener otro cónyuge o pareja en España (si aplica).
  3. Acreditación de Medios Económicos (si tienes familiares a cargo): Debes probar que dispones de recursos suficientes. El monto se calcula en función del número de miembros de la unidad familiar. Por ejemplo, para una unidad familiar de dos personas, los ingresos mínimos rondan los 7.900 euros anuales o un patrimonio demostrable.

Este tipo de Residencia Temporal de Familiares Españoles es fundamental para establecer un futuro juntos en España. Si tienes dudas sobre los trámites, consulta con un profesional.

La Gran Ventaja: 5 Años de Residencia y permiso de Trabajo

La principal novedad de esta Residencia Temporal de Familiares Españoles es su duración. No es un permiso de un año (como otras figuras), sino una autorización inicial de cinco años que incluye el derecho a trabajar por cuenta propia o ajena.

Esto ofrece una estabilidad inigualable. Puedes presentar la solicitud directamente en la Oficina de Extranjería si ya estáis ambos en España. Si tu familiar está en el extranjero, deberá solicitar el visado de residencia en el Consulado

¡No lo olvides! Esta autorización es clave para la vida familiar en España. Asesórate con un abogado experto en extranjería

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