Otra de multas: eu non falo galego, euskera, ni catalá.
Si algo tiene de particular el país en el que vivimos que nos distingue de la gran mayoría, es la existencia de algunas comunidades autónomas en las que conviven dos lenguas, ambas cooficiales, lo que permite al ciudadano relacionarse con la administración en una de ellas. ”. Lo mismo dice el artículo 138 del Reglamento General de Circulación: “las indicaciones escritas que se incluyan o acompañen a los paneles de señalización de las vías públicas, e inscripciones, figurarán en idioma castellano y, además, en la lengua oficial de la comunidad autónoma reconocida en el respectivo estatuto de autonomía, cuando la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha comunidad.”
A pesar de lo manifestado, no es raro ver en ciudades de Galicia, Cataluña, País Vasco, Comunidad Valenciana y Baleares (los que vivimos en A Coruña bien lo sabemos), señales de tráfico en las que el castellano es omitido. Si eso ocurre, y somos sancionados como consecuencia de esa señal, hay que recurrir, pues se está generando indefensión, ya que las inscripciones que acompañen a la señal deben estar como mínimo en castellano. Da igual que vivamos en la comunidad autónoma, vayamos de vacaciones o simplemente estemos de paso, el consejo de Alberto Martín Abogados siempre es recurrir, pues la señalización es incorrecta y la indefensión se estaría generando de igual forma.
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Y si es la notitificación de la multa, o sea el papelito que te dejan en el coche, lo que está escrito solo en la lengua autonómica? Tiene la misma posibilidad de recurso?
Hola Pedro. Si lo que te dejan en lengua autonómica es el papelito, no cabe esa posibilidad de recurso. Ten en cuenta que el papelito que te dejan en el coche no es una notificación de multa, es una notificación de denuncia. Es más, ese papelito podría no estar en tu coche por diversos motivos (que se lo lleve alguien, que se estuviera mal puesto y se lo lleve el viento, que se destruya con el agua de la lluvia, etc.) y aún así tramitarse la denuncia.
Lo que si debe estar en castellano (o al menos en el idioma autonómico y en castellano) es la notificación de inicio de procedimiento sancionador que te mande el Ayuntamiento.
Un saludo