El proceso de obtener la residencia en España puede ser un desafío para muchas personas, especialmente si no tienen los documentos necesarios o si no cumplen con los requisitos estándar. Sin embargo, existe una opción para aquellas personas que tienen ciertos vínculos familiares o sociales en España: el arraigo.
Para solicitar este tipo de permiso de residencia, es necesario cumplir una serie de requisitos. Por ejemplo, haber residido en España durante cierto tiempo, tener lazos sociales o familiares, o haber realizado actividades laborales.
Actualmente, existen cuatro tipos de arraigo:
A continuación te explicamos en qué consisten.
Es un tipo de autorización temporal que se concede a los extranjeros que se encuentren en España y que están en una de estas situaciones:
En los tres primeros supuestos la autorización que se conceda será de cinco años, mientras que en el ultimo caso será de un año.
Es una autorización temporal de residencia que se concede a ciudadanos extranjeros que han vivido en España durante al menos dos años y han trabajado durante un mínimo de seis meses. Además, hay que demostrar que no se tienen antecedentes penales en el país de origen o en cualquier otro país donde se haya vivido en los últimos cinco años.
Para demostrar el tiempo de trabajo, habrá que presentar cualquier documento que pruebe la existencia de esa relación laboral previa en España. En caso de actividades por cuenta ajena, se acreditará una relación de 30 horas por semana durante seis meses, o al menos 15 horas por semana durante 12 meses. En caso de actividades por cuenta propia, se deberá demostrar, una actividad de al menos seis meses.
Es un permiso de residencia que se concede a los extranjeros que se encuentren en España de manera continuada durante al menos, tres años y que cuenten con vínculos familiares. Lo vínculos familiares podrán ser sustituidos por un informe de arraigo. Para obtener este permiso, además se deberá:
Es una autorización de residencia, que se podrá conceder por un periodo de doce meses, a los extranjeros que demuestren haber residido en España durante al menos dos años. Además, la persona que solicite esta autorización deberá cumplir los siguientes requisitos:
Una vez recibida la notificación de la resolución, deberá acreditarse la matriculación en el plazo máximo de tres meses. Además, esta autorización tiene la posibilidad de ser prorrogada una sola vez por otro periodo de doce meses si la formación tiene una duración superior a doce meses o si la duración de la misma excede la vigencia de la primera autorización.
Cuando la formación haya sido superada y durante la vigencia de la autorización de residencia, el beneficiario de la misma podrá solicitar el permiso de residencia y trabajo. Para ello deberá aportar un contrato de trabajo que garantice el salario mínimo interprofesional y la prueba de la superación de la formación.
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